sábado 20 abril, 2024

En la Opinión de Elías Dip Ramé: NOM-087-SCT-2-2018 Horas de Conducción y Pausa.

A propósito de la entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana NOM-087-SCT-2-2018 publicada en el DOF el pasado 28 de junio, para entran en vigor el 28 de agosto, que establece los tiempos de conducción y pausa que deberán de cumplir los conductores del servicio de autotransporte federal.

Que bien que la SCT piense que las condiciones están dadas para que el auto transportista pueda observar y llevar a la práctica dicha norma, sin embargo, existe un grave problema para que ésta se cumpla, no es que quiera ser pesimista, pero México no es Estados Unidos, país que tiene todo lo que se requiere para poder cumplirla.

La SCT se caracterizado en este sexenio por empeñarse en querer hacer cosas “buenas”, sin embargo, no toma en cuenta ni a su principal Dirección, tal es el caso de la Dirección General  de Servicios Técnicos –dependencia encargada entre otras cosas de la clasificación de las carreteras del país-, y del Instituto Mexicano del Transporte (IMT), así como en su momento decidieron ignorar los comentarios de CONATRAM y otras organizaciones hicieron sobre las condiciones para que se llevara a cabo la normativa; parece que cuando a la SCT se le ocurre algo, lo impone, sin tomar en cuenta a la realidad del sector,  prevención de accidentes, y las causas que contribuyen a que los proyectos no puedan ser viables, tal es el caso del CCNNTT, Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, en el cual el 70% de los integrantes son del gobierno, por lo que la SCT manda a que se apruebe, sin importar si están o no de acuerdo, pues siempre tendrán mayoría, lo que convierte en una farsa todo trabajo opuesto que se presente.

Independientemente, de que no todos estos puntos corresponden a la NOM 087, deben considerarse como causas de los accidentes.

1.  No existe revisión por parte de Medicina Preventiva.

2.  Abuso de sustancia tóxicas por parte de los choferes.

3.  Venta de cervezas en restaurantes, sitios donde los operadores consumen bebidas embriagantes acompañando sus comidas.

4.  Exceso de velocidad

5.  Exceso de peso, mayor hasta en un 70% a lo permitido.

6.  Permitir la circulación por carreteras que la Dirección General de Servicios Técnicos de la SCT, tiene clasificadas y que son muy claras, pues definen el tipo de unidades que pueden circular y con qué peso máximo.

7.  Carreteras en mal estado.

8.  Carreteras sin señalética.

9.  Carreteras con ancho de corona de 6 metros, en que las unidades pasan rozando espejos.

10.  No existe vigilancia en la mayoría de las carreteras federales.

11.  Este gobierno ofreció lleva a cabo un programa que pretendía instalar 56 centros de pesaje, no se cumplió, ni siquiera en un 10%.

12.  Unidades en mal estado.

13.  Tráileres en convoy, subiendo con exceso de peso en pendientes a 20 o 30 km, llevando colas de 50 o 100 unidades que van a vuelta de rueda, o jugando en las curvas como en una ruleta rusa, a ver si no viene otra unidad en sentido contrario al intentar rebasar.

14.  El Permiso de Conectividad es el colmo de la irresponsabilidad, pues se autoriza circular a unidades que por sus dimensiones invaden carril contrario provocando en las curvas accidentes de consecuencias fatales.

Con todo el respeto que merece el Instituto Mexicano del Transporte (IMT), los porcentajes que dio a conocer sobre las causas de los accidentes son 100% cuestionables.

Según detalla el IMT, el 24.3% de los accidentes son responsabilidad de los autotransportes, el 70% se atribuyen al chófer, y el 1.6% a la fatiga; la verdad me da pena su información, pues es vaga e imprecisa.

En las causas que atribuyen al conductos no toman los puntos que vengo señalando hablar del 1.6% únicamente a la fatiga es falso, si eso fuera cierto ¿Por qué sacar una Norma que establece tiempos de conducción y pausa de los conductores?

En concreto si se quiere reducir el número de accidentes esperamos que al Gobierno de López Obrador tome en cuenta las verdaderas causas que los ocasionan, pues la necedad de nuestras autoridades y simulaciones de quienes hacen las recomendaciones, nos han causado miles de muertes y heridos y sumas multimillonarias en daños a la infraestructura carretera.

CCNNTT, el cual como ya lo he comentado en varias ocasiones, para lo único que sirve es para convalidad las ocurrencias de la autoridad, pues de nada sirvió que CONATRAM y las demás organizaciones determinaran que no se podría cumplir con la normativa pues si se toma en cuenta que el operador deberá pararse a descansar después de trabajar 4.5 horas y tendrá una pausa mínima de 30 minutos, nos vamos a enfrentar a los siguientes conflictos.

1.  No hay lugar en la carretera para pararse y descansar.

2.  Si lo hubiera, éste está en despoblados, dejando en peligro al operador, la unidad y la carga; pues ya se han dado casos donde los choferes son asaltados y terminan asesinados.

3.  El Gobierno Federal no ha construido paradores seguros y los pocos que existen, que en realidad no son más de 15 o 20, no cumplen con las medidas de seguridad que se requieren.

4.  Un parador que cumpla con las especificaciones de seguridad debe contar con vigilancia las 24 horas, con elementos de la Policía Federal, baños, estancia para descansar, y restaurantes, hotel, taller mecánico y consultorio de servicios médicos.

Esta es la realidad, por eso no se puede cumplir con lo que estipula dicha Norma Oficial Mexicana.

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