El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 446 votos el dictamen que modifica y añade diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, referentes a las tarifas que podrán cobrar los permisionarios del servicio de arrastre y de arrastre y salvamento.
En cuanto a los servicios de arrastre y de arrastre y salvamento, se establece que los permisos estarán condicionados a adherirse a los precios máximos publicados por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT). Los permisos deberán especificar la obligación de no cobrar más que los precios máximos publicados, incluyendo sanciones para los permisionarios que infrinjan esta normativa.
El dictamen detalla que las concesiones y permisos podrán ser revocados, entre otras razones, por aplicar tarifas superiores a las autorizadas o registradas. Las tarifas para maniobras de arrastre y salvamento fuera de la carpeta asfáltica y servicios especiales se acordarán entre el usuario y el prestador del servicio, con la opción para el usuario de elegir al prestador que mejor se adapte a sus intereses.
La SICT deberá establecer las tarifas máximas para los permisionarios del servicio de arrastre y de arrastre y salvamento, con un mecanismo para su actualización, garantizando la calidad, seguridad y competencia del servicio.
Se exige a los permisionarios mostrar en un lugar visible el tabulador con las tarifas autorizadas por la SICT y informar al consumidor sobre el costo del banderazo y el cobro por kilómetro recorrido antes de realizar el servicio.
La deuda total por tarifas de arrastre, arrastre y salvamento, y depósito de vehículos no deberá exceder en ningún momento la tarifa base autorizada, y se establece que incurrir en estos actos resultará en sanciones según el artículo 17, fracción V, de la presente Ley.
En relación con los permisos para prestadores de servicios auxiliares al autotransporte federal, se prevé la revocación o suspensión del permiso por diversas causales, como el incumplimiento de tarifas autorizadas por la SICT, contubernio comprobado con autoridades para llevar a cabo abusos, y otorgamiento de datos falsos a la Secretaría. En caso de suspensión, esta durará de 6 a 12 meses.
Este enfoque legislativo busca priorizar los derechos de los usuarios de los servicios de arrastre y salvamento, ofreciéndoles mayor libertad de elección y protección contra prácticas abusivas y corrupción en este sector.