martes 17 febrero, 2026
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SAT PUBLICA FACILIDADES ADMINISTRATIVAS 2026: SE RATIFICAN BENEFICIOS CLAVE PARA EL SECTOR AUTOTRANSPORTE

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha formalizado la Resolución de Facilidades Administrativas para 2026, un paquete de medidas diseñado para simplificar el cumplimiento fiscal y apoyar la operatividad de sectores estratégicos, con especial énfasis en el Autotransporte Terrestre de Carga y Pasajeros.

Estas disposiciones buscan reconocer las características operativas particulares del sector, permitiendo esquemas de comprobación y retención más ágiles frente a las obligaciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Beneficios Críticos para el Autotransporte

La resolución de este año mantiene y fortalece esquemas de simplificación en áreas donde la facturación tradicional presenta retos logísticos:

  • Esquema de Retención Simplificada (7.5%): Los contribuyentes de autotransporte de carga federal podrán optar por enterar el 7.5% de ISR por concepto de pagos a operadores, macheteros y maniobristas. Esta medida sustituye el cálculo ordinario de salarios, utilizando como referencia el salario base de cotización del IMSS.
  • Facilidades de Comprobación: Se reconocen las dificultades de obtener comprobantes fiscales en rutas y maniobras, permitiendo deducciones específicas bajo requisitos simplificados para el sector.
  • Transparencia y Capacitación: El SAT se compromete a realizar talleres y publicar folletos con ejemplos prácticos durante todo 2026, asegurando que los transportistas comprendan y apliquen correctamente estos beneficios.

Estructura de la Resolución 2026

El documento oficial se divide en cuatro ejes fundamentales que abarcan la totalidad del transporte terrestre en el país:

TítuloSector Beneficiado
Título 1Sector Primario (Agrícola, Ganadero, Silvícola y Pesquero).
Título 2Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.
Título 3Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.
Título 4Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.

Consideraciones para el Cumplimiento

La autoridad subraya que estas facilidades son aplicables para quienes tributen bajo regímenes de base de efectivo. Además, se establecen plazos críticos:

  1. Aviso de Opción: Los contribuyentes que deseen aplicar pagos provisionales semestrales (en sectores que aplique) deben presentar su aviso de actualización de actividades dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor.
  2. Información de Retenciones: La relación individualizada de pagos a personal bajo el esquema del 7.5% deberá entregarse a más tardar el 15 de febrero de 2027.

“Esta resolución atiende a las características operativas propias de los contribuyentes, simplificando su carga administrativa para que el sector pueda enfocarse en la movilidad y el comercio nacional”, señala el documento.

DOF: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5780249&fecha=17/02/2026#gsc.tab=0

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