El pasado 15 de febrero el Diario Oficial de la Federación publicó las modificaciones a los requisitos médicos relativos al personal del autotransporte público federal, según explica el documento las modificaciones tienen como finalidad la verificación de las condiciones físicas y psicológicas indispensables para que el personal que opera, conduce y/o auxilio los servicios de transporte federal en todas las modalidades se encuentre en niveles óptimos para ofrecer un servicio de seguro y de calidad.
La Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte detalla en el documento que este tipo de acciones son realizadas con la finalidad de prevenir accidentes desde la perspectiva del factor humano, el documento proporciona los lineamientos aplicables a cada modo de transporte, atendiendo a los avances médicos, científicos y tecnológicos en torno al diagnóstico, tratamiento y pronóstico de enfermedades propias de la población, de igual forma especifica los criterios de “No aptitud” por discapacidad visual, auditiva y músculo-esquelética, así como lo correspondiente a los dictámenes del Examen Médico en Operación.
En el documento se detallan que los aspirantes y el personal del autotransporte público federal deberán presentar integridad anatómica y funcional para el desempeño eficiente de sus atribuciones, por lo que se le solicitará a los interesados el entregar información precisa y completa sobre su historia familiar y hereditaria.
También se evaluarán los índices de grasa corporal y en base al porcentaje obtenido se dictaminará la periodicidad de evaluación, los parámetros que definirán la aptitud o no aptitud del personal y la periodicidad de la revisión, es conforme a la siguiente tabla:
Hablando del Índice de Masa Corporal, la noma especifica que cuando los hombres estén por arriba del 45% de grasa corporal y las mujeres arriba de 50%, será la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva quien determinará a través de un examen la aptitud del personal; en caso de obesidad, se deberá evaluar de acuerdo a la NORMA Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad o si es el caso aplicará la Norma Oficial Mexicana respectiva vigente al momento de realizar el examen.
Dentro de la publicación también se detallan los procedimientos apropiados en caso de: epilepsia, trastornos convulsivos, antecedentes de traumatismo, complicaciones pulmonares, casos de diabetes e hipertensión, alteraciones estomatológicas, trastornos específicos de la personalidad incompatibles son el desempeño seguro y eficiente de las atribuciones, trastorno depresivo y/o bipolar, insuficiencia renal, trastornos adictivos y relacionados a sustancias, así como la amputación total o parcial de extremidades.
Con la publicación de estos requisitos médicos se modifican los publicados el primero de septiembre de 2010, y cualquier otra emitida con anterioridad, y queda a espera de revisión y actualización correspondiente dentro de cinco años.