sábado 14 diciembre, 2024
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Ordena INAI a SICT proporcionar información sobre inversiones en infraestructura y cancelación de recursos 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) determinó que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) debe entregar información sobre la necesidad de inversiones para obras públicas de infraestructura, así como sobre la cancelación de recursos destinados al mantenimiento de carreteras.

La resolución del INAI surge tras la queja de una persona que señaló la inexistencia de un estudio mencionado por un subsecretario de la SICT en una nota periodística, en la que se hacía referencia a una inversión necesaria de 650 mil millones de dólares para el mantenimiento de puertos, carreteras, cruces fronterizos y vías férreas. Además, la persona también se quejó de que la información sobre las obras afectadas por la cancelación de una inversión de 11 mil millones de pesos fue entregada en un formato no accesible.

La SICT había respondido inicialmente que no tenía la información relacionada con la primera solicitud y proporcionó un vínculo electrónico para consultar la información sobre la segunda solicitud. Sin embargo, dicho vínculo no permitía realizar la búsqueda solicitada.

La respuesta de la SICT llevó a la persona a presentar un recurso de revisión ante el INAI, asignado a la ponencia de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena. La Comisionada subrayó la importancia del derecho a saber para profundizar en la información sobre obras públicas, especialmente aquellas relacionadas con posibles afectaciones derivadas de recortes presupuestales en infraestructura carretera, clave para el desarrollo del país.

El equipo de la Comisionada concluyó que la SICT no había turnado la solicitud a la Dirección General de Planeación, que es la instancia con atribuciones para conocer del tema. Además, no se tuvo certeza sobre el criterio de búsqueda utilizado y se confirmó que la información entregada no era accesible. Ante esto, el Pleno del INAI decidió por unanimidad que la SICT debe realizar una nueva búsqueda de la información que había declarado inexistente, proporcionar el vínculo correcto y brindar las indicaciones necesarias para acceder a la información sobre las 559 obras canceladas.

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